Si has sido afectado por la DANA, estamos contigo
Desde SegurCaixa Adeslas seguimos trabajando para estar al lado de nuestros clientes en estos momentos difíciles, por eso hemos activado un protocolo especial de eventos meteorológicos y reforzado nuestros canales de atención para atender a los clientes afectados por la DANA.
Si te encuentras en Valencia, Albacete, Cuenca o Andalucía Oriental, hemos habilitado un teléfono exclusivo y prioritario para la gestión de siniestros de seguros de auto, hogar u otros de clientes afectados:
En caso de catástrofes naturales como esta, es el Consorcio de Compensación de Seguros quien se encarga de cubrir los daños producidos en los bienes asegurados.
Desde SegurCaixa Adeslas realizaremos la gestión directa de la reclamación ante el Consorcio y haremos las gestiones necesarias en tu nombre para la apertura del expediente del siniestro en caso de ser Consorciable.
Si tienes un seguro de auto
Retirada y remolque de vehículos afectados
Protección Civil y las autoridades serán quienes coordinen y autoricen la retirada de los vehículos hacia zonas seguras, que se están creando específicamente para depositarlos y almacenarlos.
Adicionalmente, mantenemos el servicio de Asistencia en Carretera para remolcar vehículos que se encuentran inmovilizados, cuando sea posible o las autoridades lo permitan, llamando al teléfono 900 301 900 (24h).
Declarar un siniestro de Auto
Desde SegurCaixa Adeslas haremos la gestión directa de la reclamación del siniestro de tu vehículo ante el Consorcio de Compensación de Seguros.
Te recordamos que todas las pólizas y modalidades del Seguro de Auto de SegurCaixa Adeslas disponen de la cobertura para la indemnización por el Consorcio.
Contáctanos llamando al teléfono exclusivo 900 103 500 donde te ayudaremos con la gestión de la reclamación, te asesoraremos sobre los pasos a seguir y nos mantendremos en contacto contigo.
Además, la DGT ha simplificado los trámites para los afectados por la DANA. Encuentra más información aquí
Si tienes un seguro de hogar, comercio o industria
Declarar un siniestro de hogar, comercio o industria
Si tu Hogar, Comercio o Industria se ha visto afectado por la lluvia e inundaciones causadas por la DANA, desde SegurCaixa Adeslas nos encargamos de gestionar la apertura del siniestro ante el Consorcio de Compensación de Seguros, en caso de ser Consorciable.
Contáctanos llamando al teléfono exclusivo 900 103 500 donde nos encargaremos de gestionar la apertura del siniestro.
Preguntas frecuentes
Daños cubiertos por el seguro
¿Están los daños causados por la DANA cubiertos por mi seguro?
Sí, los daños causados por la DANA o gota fría sobre los bienes asegurados están cubiertos por los seguros de Auto, Hogar, Comercio, PYME, etc. Según sea su naturaleza, serán el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) o SegurCaixa Adeslas los encargados de realizar la indemnización correspondiente
¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros y por qué interviene?
Existen una serie de riesgos denominados Riesgos Extraordinarios, que no están cubiertos por las pólizas de las compañías aseguradoras. Estos riesgos son los que asume el Consorcio de Compensación de Seguros.
El consorcio actúa como si fuera una aseguradora privada dando cobertura a dichos riesgos extraordinarios, como el caso de los producidos por la DANA. Al tratarse de sucesos catastróficos con graves afectaciones económicas, es una forma de asegurar la solvencia y reducir la posibilidad de quiebra técnica de las aseguradoras en caso de producirse este tipo de eventos.
Dada la gravedad y situación de esta DANA, de forma extraordinaria el Consorcio ha solicitado a todas las compañías aseguradoras poner a su disposición a nuestros equipos de tramitación y peritación para agilizar el proceso de valoración de daños y no demorar la resolución de su caso.
En este sentido, desde SegurCaixa Adeslas nos haremos cargo de la gestión del siniestro a través de nuestros peritos especialistas que se pondrán en contacto con los tomadores a la mayor brevedad para elaborar un informe y la propuesta de indemnización en base a los criterios de valoración del propio Consorcio.
¿Todos los daños personales o materiales son indemnizables por el Consorcio si se producen por un riesgo extraordinario?
Únicamente son indemnizables por el Consorcio aquellos daños que afectan a personas o bienes sobre los que se ha contratado la póliza del seguro. Además, es necesario que la póliza esté vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado se encuentre al corriente del pago de la prima.
Declaración de siniestro
¿Cómo puedo comunicar un siniestro producido por la DANA?
Para declarar un siniestro de cualquiera de tus seguros (auto, hogar, comercios, decesos….) puedes llamarnos al teléfono exclusivo que hemos habilitado para estos casos 900 103 500. Desde SegurCaixa Adeslas realizaremos la gestión directa de la reclamación ante el Consorcio de Compensación de Seguros
¿Existe un plazo para la presentar la declaración del siniestro al Consorcio?
No te preocupes, el Consorcio registrará y gestionará todas las solicitudes de indemnización que reciba de los asegurados, aunque hubiera transcurrido el plazo de 7 días previsto en la legislación de seguros.
¿Cómo puedo hacer el seguimiento de estado del siniestro declarado al Consorcio de Compensación de Seguros?
Podrás consultar el estado del expediente directamente al Consorcio en el teléfono 900 222 665 o a través de su web haciendo clic aquí.
Para consultar la información deberás indicar el número completo del expediente y el NIF/CIF de alguno de los participantes en la gestión del expediente: reclamante, asegurado, tomador, perceptor o propietario.
Indemnización
¿Cuál será la indemnización que recibiré?
El Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo de la indemnización de los daños sobre la base de la misma póliza contratada con la entidad aseguradora. Esto significa que, a la hora de indemnizar, el Consorcio tendrá en cuenta los mismos bienes, el mismo capital asegurado y resto de condiciones establecidos en la póliza.
¿Cómo se hace efectiva la indemnización por el Consorcio?
El Consorcio de Compensación de Seguros realizará el pago de la indemnización directamente a los beneficiarios (y sólo a ellos) y siempre mediante transferencia bancaria. Este solicitará acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria para proceder al pago indemnizatorio.
¿De qué depende la indemnización del Consorcio?
La indemnización se determina en función de las condiciones de la póliza de seguro (del riesgo declarado en póliza, capitales asegurados y cláusulas de la póliza), de la valoración por el perito del Consorcio de los daños sufridos y de la franquicia que la legislación establece para que se aplique por el Consorcio.
Esta franquicia se ha suprimido en el caso de daños a automóviles, viviendas y comunidades de propietarios de viviendas, y resulta aplicable en el caso de comercios, oficinas e industrias.
Preguntas acerca del Seguro de Auto
¿Qué daños en mi vehículo producidos por la DANA están cubiertos?
Todos los seguros de Auto de SegurCaixa Adeslas incluyen la cobertura de Riesgos Extraordinarios, como los producidos por la DANA. Por lo que todos los coches que se hayan visto afectados por las riadas e inundaciones serán indemnizados por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.
Los daños ocasionados por el granizo sobre la chapa y las lunas de los vehículos serán indemnizados por la aseguradora si la póliza del vehículo incluía la cobertura de Rotura de Lunas, Fenómenos Atmosféricos o Daños Propios.
¿Qué hago si mi coche aún no ha aparecido?
Si aun no has encontrado tu coche tras la riada o ha sido retirado por los servicios de emergencias y no lo localizas, igualmente puedes contactarnos al 900 103 500 para comunicar el siniestro.
Es necesario que presentes la denuncia ante la autoridad competente (Guardia Civil o Policía Local) informando de la desaparición del vehículo y si es posible aportes fotografías del vehículo, si en algún momento estuvo localizado.
¿Quién se encarga de peritar el vehículo?
Las autoridades están coordinando el traslado de los vehículos y dando acceso a los servicios de grúa de todas las aseguradoras, indicando donde deben depositarse los vehículos, en lugares habilitados para que los peritos de las aseguradoras realicen la valoración de los daños siguiendo los parámetros el Consorcio de Compensación de Seguros
¿Cómo determina el Consorcio la indemnización por los daños en mi vehículo?
La indemnización se realizará por el Consorcio en función de las condiciones de la póliza particular contratada para el vehículo asegurado y de la valoración que realice el perito de la compañía en base a los parámetros del Consorcio y según los daños sufridos.
¿Existe alguna franquicia aplicable a la indemnización?
En el caso de daños a los vehículos, no se aplica ninguna deducción por franquicia en las indemnizaciones. Esto es así para todas las modalidades de contratación, en Terceros y Todo Riesgo.
¿A qué taller puedo llevar mi vehículo?
Debe ser el propietario del vehículo o tomador de la póliza quien indique a qué taller llevar el vehículo en el momento en que pueda realizarse el traslado.
Preguntas acerca del Seguro de Hogar, Comercio o industria.
¿Qué tipo de siniestros son consorciables?
En el caso de las inundaciones, para validar si se trata de un siniestro consorciable, es necesario analizar la vía de entrada del agua en el riesgo asegurado.
Se considera un siniestro consorciable en los siguientes casos:
- Cuando la entrada del agua se produce desde la vía pública hacia el riesgo asegurado por inundación de la calle, alcantarillado o apertura de la propia fachada (puertas de entrada, de garaje, rampas de garaje, etc.).
- Cuando la entrada de agua se produce por sanitarios, debido al retorno desde la red de alcantarillado público, al estar colapsada.
- Cuando los daños se producen por viento o tornados que superan los 120 M/H.
Al declarar un siniestro, es necesario confirmar si se trata de un siniestro consorciable o no para agilizar su gestión.
¿Qué tipo de siniestros no son consorciables?
Se considera que un siniestro no es consorciable cuando los daños son producidos por el agua de lluvia recogida en el propio riesgo asegurado, es decir, sin aporte desde el exterior de la parcela o desde la vía pública.
Ejemplos:
- Filtraciones por muros o tejados.
- Inundaciones de patios o azoteas.
- Lluvia precipitada sobre la rampa de acceso a garajes, inundación de jardines o agua recogida dentro de la parcela del propio riesgo asegurado, todo ello sin haberse producido una significativa aportación de agua desde la vía pública por ejemplo por la entrada en carga de una riera, torrente o similar.
- Retorno por sanitarios por insuficiencia de la red de evacuación privada de la vivienda, sin colapso general del alcantarillado público (Se puede distinguir porque hay más vecinos afectados cuando el problema es público).
- Daños eléctricos si a consecuencia de las tormentas, has sufrido daños en aparatos eléctricos sin que tu vivienda, local o negocio haya sufrido inundación o daños por agua por filtraciones. Puedes consultar la cobertura de estos aparatos en las condiciones de tu póliza de seguro de hogar.
- Los bienes refrigerados no se consideran consorciables, sin embargo, algunas pólizas de hogar cuentan con esta cobertura hasta un límite de garantía. Para esto deberás facilitar un listado aproximado de bienes deteriorados con su valoración para proceder con la indemnización correspondiente.
¿Un siniestro solo puede ser consorciable o no consorciable?
No, también puede ser Mixto, es decir, tener una parte de daños consorciables y otra parte de daños no consorciables.
Por tanto, nos podemos encontrar con tres tipos de siniestros:
- Consorciable: Todos los daños son consorciables, la gestión se realizará por el consorcio, quienes solicitarán la información necesaria y envío de perito.
- No consorciable: Todos los daños son no consorciables. La gestión se realizará internamente desde SegurCaixa Adeslas según protocolos habituales.
- Mixto: Parte de los daños son consorciables y otra parte son no consorciables. La parte no consorciable se gestionará a través de Segurcaixa, por lo que se producirá una gestión paralela, por lo que podrían coincidir el perito del Consorcio con el nuestro, así como con el envío de reparadores.
- En los siniestros en que la causa sea viento, la gestión se realizará por Segurcaixa Adeslas.
¿Qué pasa si he perdido mi vivienda por ser inhabitable o tenía un inmueble alquilado y por los daños en la vivienda perderé la renta que me pagaban los inquilinos o he perdido beneficios o producción de mi negocio o he tenido que cerrar o parar mi ne
Lamentamos mucho la situación y esperamos que tú y tus seres queridos estén bien. En estos casos el Consorcio indemniza los daños directos en los bienes y la pérdida de beneficios que sean consecuencia de daños directos, bajo determinadas condiciones. Para que se aplique esta cobertura es necesario lo siguiente:
- Que este riesgo se encuentre expresamente asegurado en la póliza
- Se entiende que se ha producido una pérdida de beneficios cuando existe una alteración de los resultados normales de la actividad económica del sujeto asegurado derivada de la paralización, suspensión o reducción de los procesos productivos o de negocio de dicha actividad (por ejemplo, pérdida económica por cesación de ventas con motivo de los daños directos producidos por una inundación en unas cámaras frigoríficas de alimentos).
- La cuantificación de la pérdida de beneficios, la parte de la misma que es indemnizable por el Consorcio y los periodos de cobertura y de indemnización, serán los mismos que los señalados en su póliza.
- Es necesario que la pérdida de beneficios sea consecuencia de un daño directo en los bienes asegurados en la propia póliza o en otra distinta.
- Finalmente, los bienes asegurados deben ser propiedad o estar a disposición del propio asegurado. Por consiguiente, no estarían cubiertas las pérdidas de beneficios cuando los bienes sean o estén a disposición de personas físicas o jurídicas distintas del asegurado, al que no se le hayan podido suministrar como consecuencia del hecho extraordinario.
¿Puedo comenzar a reparar los daños producidos en mi vivienda?
Es importante evitar que los daños se agraven y conservar los restos de los bienes dañados a disposición del perito tasador. Si por cualquier motivo no fuera posible y tuvieras que reparar los daños antes de la visita del perito, te recomendamos hacer fotografías donde se puedan apreciar los daños producidos, hacer un inventario de los daños y guardar las facturas de las reparaciones urgentes.
¿Quién se encarga de peritar los daños en la mi vivienda, comercio o industria?
Dada la gravedad y situación de esta DANA, de forma extraordinaria el Consorcio ha solicitado a todas las compañías aseguradoras poner a su disposición a nuestros equipos de tramitación y peritación para agilizar el proceso de valoración de daños y no demorar la resolución de su caso.
En este sentido, desde SegurCaixa Adeslas nos haremos cargo de la gestión del siniestro a través de nuestros peritos especialistas que se pondrán en contacto con los tomadores a la mayor brevedad para elaborar un informe y la propuesta de indemnización en base a los criterios de valoración del propio Consorcio.
Trámites simplificados de la DGT para los afectados por la DANA
¿Cómo pido un duplicado del permiso de conducir por pérdida o destrucción como consecuencia de la DANA?
Si se te ha deteriorado el permiso de conducir o lo has perdido como consecuencia de la DANA, puedes pedir un duplicado de forma gratuita rellenando un formulario en la página web de la DGT o a través del teléfono 060.
¿Tendré que pagar el impuesto de circulación de 2025 si mi vehículo ha sido afectado por la DANA?
Para evitar que el titular de un vehículo afectado tenga que pagar el impuesto de circulación el 1 de enero de 2025, la Dirección General de Tráfico dará de baja temporal de manera gratuita a todos los vehículos que el Consorcio de Compensación de Seguros y las autoridades de la comunidad le comuniquen como afectados por la DANA.
En caso de que el vehículo aun no haya sido identificado como afectado, el propietario podrá solicitar la baja temporal de forma voluntaria a través de una declaración responsable, accediendo a la web de la DGT.
¿Cómo puedo dar la baja definitiva de mi vehículo si los daños que ha sufrido por consecuencia de la DANA no son reparables?
En el caso de vehículos que por los daños sufridos no sean reparables, se simplificará el proceso de baja definitiva a realizar por los Centros Autorizados de Tratamiento Medioambiental (Desguaces) una vez el propietario entregue el vehículo en sus instalaciones. Este proceso lo podrá realizar el tomador o dueño del vehículo de forma gratuita.
Los centros comunicarán a la DGT la baja definitiva cuando el vehículo haya sido destruido y conste en el Registro de Vehículos de la DGT. Esta información se les facilitará a los ayuntamientos para la actualización de su parque y la gestión del impuesto de circulación.
Recuerda que si tu coche ha sufrido daños a consecuencia de la DANA, lo primero que debes hacer si no lo has hecho, es comunicar el siniestro al Consorcio o a tu compañía de seguros para gestionar la indemnización correspondiente.